Desde el año 2013, la Comisión de Cultura y Patrimonio del Consejo Consultivo Comunal 7, […]
Publicado el 15 febrero, 2021 por Susana González
Desde el año 2013, la Comisión de Cultura y Patrimonio del Consejo Consultivo Comunal 7, viene bregando por la protección de los empedrados de las calles de la Comuna N° 7.
Alertados a partir de la remoción indiscriminada de adoquines y su acumulación en varios lugares de la ciudad, los declaramos “Patrimonio Histórico y Paisajístico de nuestra Comuna, objeto de protección y salvaguarda”, en el plenario de junio de 2013.
Según un estudio de la Auditoría de la Ciudad realizado en 2014, se habían removido desde 2008 y hasta esa fecha, unos 42 millones de adoquines de las calles de Buenos Aires. Sin embargo, apenas un 10% de esa cantidad estaba depositada en los predios que la Ciudad usa para acopiarlos.
Los motivos y fundamentos para su protección, detallados en aquella oportunidad (ver Anexo) fueron reconocidos en la Legislatura, que el 28 de noviembre de 2013 sancionó la Ley N° 4806, declarando a las calles construidas con adoquinado granítico, integrantes del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la categoría Espacios Públicos.
Se encargó a cada comuna un inventario de las calles construidas con adoquinado granítico dentro de su territorio, a fin de elaborar el Catálogo Definitivo, teniendo en cuenta su ubicación e integren: – Distritos APH, – Distritos de Arquitectura Especial, – Sitios, Lugares Históricos, Áreas o Espacios Públicos (Ley 1277), – Distritos de Urbanización Parque, – Otras vías terciarias.
Pero desde la primera semana de febrero, el gobierno porteño volvió a levantar los adoquines existentes en varias arterias, como Francisco Bilbao, Remedios, Hortiguera, entre Directorio y Eva Perón, y Gregorio de Laferrere entre Carabobo y Camacuá. Comenzaron a extraer los adoquines de las cunetas, un preámbulo para asfaltar la calle completa. Sabemos que en calles asfaltadas de nuestra comuna, muchas casas se inundan durante las lluvias por no contar con suficiente capacidad de drenaje.
Esta acción, considerada un atropello, no solo desconoce las disposiciones vigentes sobre adoquinados, sino también es una imposición desde el poder ejecutivo, que incumple con la instancia democrática de participación ciudadana, establecida en la Ley N° 1777 de Comunas, Art. 10 Competencias exclusivas: “Las Comunas tienen a su cargo en forma exclusiva: a) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía, según normativa vigente. b) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de los espacios verdes, de conformidad con la Ley de Presupuesto”.
Fue la preocupación entre los vecinos, que conocen la importancia y el valor patrimonial de los adoquinados lo que motivó su presencia en el lugar de los hechos, reclamando la suspensión de las obras y una respuesta urgente por parte las autoridades competentes. En la tarde del 8 de febrero se hicieron presentes en la calle Remedios el Jefe Comunal, Federico Bouzas, y dos funcionarios del EMUI (Ente de Mantenimiento Urbano Integral), dependiente de la Subsecretaria de Mantenimiento Urbano.
En esa ocasión el jefe comunal propuso algo insólito, hacer una encuesta a los vecinos frentistas de la cuadra, con el objetivo de sumar apoyos para realizar el asfaltado. Esta metodología es inaceptable, no solo porque denota una falta de respeto hacia los ciudadanos, es un artilugio más para “crear la ilusión de participación”, que ni personas desprevenidas podrían avalar. Es también ignorar la instancia de participación ciudadana que establece la Ley de Comunas, y que los derechos colectivos están por encima de los individuales.
Con este criterio, los vecinos de cada cuadra de la ciudad podrían decidir qué tipo de vereda les gustaría tener, calzada, iluminación, si quisieran instalar una granja comunitaria en las veredas, o techar una cuadra, por qué no.
Los adoquines levantados deberán ser restituidos a su lugar de origen, y las calles empedradas deberán ser preservadas integralmente. Su restauración es muy sencilla y la ciudad cuenta con personal capacitado, son las mismas las mismas técnicas que utilizan desde la antigua Roma, un trabajo 100% manual. Se colocan los adoquines sobre sucesivas capas de tierra, arena y pedregullo, sustratos permeables a la lluvia. Es lo que hacen ciudades como Cusco, La Habana, Roma o París, que saben cuidar su Patrimonio.
Por el momento, el EMUI -Subsecretaría de Mantenimiento Urbano- suspendió las obras de remoción de adoquines y asfaltado, hasta que se ordenen las cosas y la ciudadanía sea escuchada.
Las normas que regulan la democracia directa y participativa existen y se deben aplicar, es inadmisible que las autoridades del gobierno central las desconozcan. En la Ley de Comunas están definidas las funciones e incumbencias del jefe comunal, de los comuneros, del Consejo Consultivo, así como las competencias exclusivas y concurrentes para la administración del gobierno comunal, y los derechos que nos incumben como ciudadanos. Se llama democracia directa y participativa.
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