A principios de septiembre, en el seno de la reunión plenaria de el movimiento comunero, […]
Publicado el 2 octubre, 2015 por Gustavo Viera
A principios de septiembre, en el seno de la reunión plenaria de el movimiento comunero, vecinos y referentes de organizaciones vecinales y partidos políticos, se comprometieron a presentar en sus respectivos Consejos Consultivos Comunales la propuesta de elevar a las Juntas Comunales un reclamo formal al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el otorgamiento de la Jurisdicción Presupuestaria correspondiente a nuestra Comuna. Este pedido se justifica en base al incumplimiento de un extenso cuerpo normativo que avala el pedido: Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Orgánica de Comunas N° 1777 y la Ley de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad N° 70.
La urgencia del pedido no es arbitrario: en breve, comenzará el tratamiento del Presupuesto 2016 en la Legislatura Porteña, así como el próximo recambio de la Junta Comunal.
En este sentido, el Consejo Consultivo de las Comuna 7 (Flores y Parque Chacabuco) aprobó en su última reunión y envió a la Junta Comunal la petición de reclamar el inmediato otorgamiento de la Jurisdicción Presupuestaria correspondiente a su Comuna.
A continuación, publicamos el pedido:
Buenos Aires – Comuna 7, septiembre 9 de 2015
A los integrantes de la Junta Comunal de la Comuna 7
At. Sr. Señor Presidente
Dr. Guillermo M. Peña
S / D
C.C.: Sra. Liliana Iamurri; Sra. Patricia Caseres, Sr. Walter Klix, Sr. Carlos Gullo,; Sra. Felisa Marinaro, Sr. Jorge Orovitz Sanmartino.
Ref.: Resolución del Consejo Consultivo Comunal.
Jurisdicción Presupuestaria para la Comuna 7.
De nuestra consideración:
En reunión plenaria del día de la fecha, la Secretaria de Organización y Difusión del Consejo Consultivo de la Comuna 7, presentó ante la Asamblea Plenaria, una propuesta de Declaración, la que fuera aprobada por unanimidad. Por lo tanto:
VISTO La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Orgánica de Comunas N° 1777 y la Ley de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad N° 70 (Art. 6º).
El CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL DE LA COMUNA 7
RESUELVE emitir la siguiente DECLARACIÓN:
El CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL 7 resuelve en reunión plenaria del día de la fecha elevar a la JUNTA COMUNAL la petición expresa de reclamar al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el más inmediato otorgamiento de la JURISDICCIÓN Presupuestaria correspondiente a nuestra Comuna, en cumplimiento de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Orgánica de Comunas N° 1777 y la Ley de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad N° 70, que se ha omitido injustificadamente en el primer ciclo de actuación de la Junta Comunal; ello, teniendo en cuenta el inminente tratamiento del PRESUPUESTO 2016 en la Legislatura porteña así como el próximo RECAMBIO DE LA JUNTA COMUNAL.
Por lo tanto solicitamos a la JUNTA COMUNAL 7 eleve esta RESOLUCIÓN al Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires e informe a la Secretaría de Organización y Difusión del CCC7 sobre dicha gestión.
A las espera de una pronta respuesta, saludamos a Uds. atentamente.
CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL 7
Secretaria de Organización y de Difusión
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