Jueves 28 de Marzo del 2024

Super Larreta

Desde ahora tendrá más poder para definir el destino de los recursos públicos y la […]

Publicado el 8 mayo, 2020 por Fernando Zuker

Desde ahora tendrá más poder para definir el destino de los recursos públicos y la potestad para redeterminar las compras y contrataciones vigentes, menos las de salud, educación y desarrollo humano.

Ayer la legislatura aprobó el proyecto presentado por el oficialismo porteño y sancionó la ley de Emergencia Económica y Financiera que le concede a Horacio Rodríguez Larreta la facultad para reorientar recursos a la emergencia sanitaria y revisar todo tipo de compra o contratación vigente para no comprometer nuevos gastos.

La ley regirá hasta el 31 de diciembre y tendrá validez en todos los poderes del estado locales, en las comunas, entes autáquicos y organismos con participación mayoritaria de la Ciudad de Buenos Aires.

El proyecto impulsado por el gobierno contó con el apoyo de 38 legisladores de Vamos Juntos, PS, Gen, CF y UCR-Evolución y el rechazo de 25 legisladores del Frente de Todos y la izquierda. 

Desde la Comisión de Presupuesto presidida por Claudio Romero, explicaron que el fundamento de la misma está en la caída de la recaudación fiscal como consecuencia del aislamiento preventivo de la pandemia que impidió muchas actividades productivas. Calculó el diputado Romero que la merma recaudatoria está en el orden del 40% desde el comienzo de la emergencia.

Por este motivo, la ley aclara taxativamente que “los ahorros o incrementos de recursos que resultaren del ejercicio de las facultades” otorgadas por la emergencia “serán destinados a reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia sanitaria”. Además revisarán las compras y los contratos de obras y servicios, a excepción de los programas vinculados a las áreas de salud, educación y desarrollo humano.

Otras aristas de la ley

Habrá desde ahora incentivos a los contribuyentes mediante bonificaciones y descuentos “a fin de incentivar el pago anticipado de las cuotas con vencimiento en el segundo semestre”. Estos beneficios llegarán hasta el 30% del total a tributar para ABL y Patentes.

También reconocerán con “un crédito fiscal” para quienes opten por la modalidad de realizar el anticipo voluntario del pago por Ingresos Brutos. “El porcentaje del crédito fiscal que se les reconocerá sobre el Anticipo Tributario Extraordinario no podrá exceder el 30% del monto que integre; el que será fijado en relación a la cantidad de anticipos y al plazo en el que se ingrese conforme lo establezca la reglamentación”, se estipuló en esta norma. El Anticipo Tributario Extraordinario junto con el crédito fiscal podrá ser utilizado a partir del 01/01/2021 para la cancelación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación.

A su vez, la Ciudad “a través de los organismos competentes se abstendrá, hasta el día 30 de Junio de 2020 inclusive, de solicitar judicialmente la traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales (embargos e inhibiciones generales de bienes)”. Los legisladores indicaron que ese se podrá extender por el Poder Ejecutivo.


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