Los trabajadores independientes de la ciudad podrán tramitar un certificado en el Registro Pyme para […]
Publicado el 16 febrero, 2020 por Fernando Zuker
Los trabajadores independientes de la ciudad podrán tramitar un certificado en el Registro Pyme para ingresar al Plan 2020 y además obtener otras ventajas impositivas y beneficios automáticos. El paso a paso del trámite.
En el marco del Plan Moratoria 2020 impulsado por el gobierno nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está solicitando que los monotributistas se inscriban en el Registro Pyme, considerando que para adherir a la moratoria para pequeñas empresas tramos 1 y 2, la obtención del certificado Pyme es un requisito excluyente.
La comunicación de AFIP llega a los contribuyentes aunque éstos no posean deudas con el fisco, pero es importante tomar nota de lo notificado por el organismo.
Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad (FECOBA) informaron que la tramitación de este certificado conlleva también importantes beneficios para los monotributistas que quieran regularizar sus deudas.
Mediante un comunicado al que pudo acceder este medio, se dieron a conocer algunas de las ventajas que obtendrán:
*Alícuota de contribuciones patronales a la seguridad Social: en los sectores comercio y servicios, los empleadores tendrán una tasa diferencial del 18%.
*Impuesto al cheque: Cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo por parte de empresas, los débitos efectuados en las cuentas estarán sujetos al doble de la tasa vigente, es decir al 1,2%, salvo que sean pymes registradas. Es un beneficio automático.
*Exportaciones de servicios: estarán exentas de retenciones.
*Plan de pagos por cuota de ART omitida de hasta 60 cuotas, con plazo para entrar también hasta el 30 de abril próximo.
La adhesión comenzará mañana y se extenderá hasta el jueves 30 de abril de 2020.
Pasos para registrarse (recordar que antes de efectuar el registro, el contribuyente deberá tener presentados el Monotributo y las cargas sociales de los últimos tres años):
Paso 1: Ingresar a la página que creará la AFIP desde el primer día hábil para la adhesión y que funcionará por 20 días corridos para la correspondiente carga de datos.
Paso 2: El contribuyente deberá manifestar que mediante esta declaración jurada está solicitando la categorización como Pyme tramo 1.
Paso 3: Se deben cargar las ventas de tres períodos. El formulario pregunta si se pide el beneficio del IVA diferido y hay que responder que NO, porque de lo contrario el sistema comenzará a solicitar una serie de documentos.
Paso 4: La suma de los meses cargados debe coincidir con el total de ventas que pone a disposición AFIP a través del sistema. Si la empresa verifica datos erróneos en el F.1272, deberá rectificar las declaraciones juradas a efectos de solucionarlo.
Paso 5: Aparecerá el botón «Presentar» junto con un mensaje de confirmación.
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