Hasta el 18 de enero se podrá solicitar una suma fija de dinero para atender […]
Publicado el 1 enero, 2024 por Juan Bertrán
Hasta el 18 de enero se podrá solicitar una suma fija de dinero para atender y paliar los daños que hayan sufrido bienes inmuebles y automotores como producto del temporal del pasado 17 de diciembre.
El temporal último causó estragos en diferentes puntos de la Ciudad de Buenos Aires y es por eso que el gobierno porteño decidió tomar cartas en el asunto. Así, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 3/23, se creó un Régimen Especial de Subsidios para los vecinos y vecinas damnificados por la tormenta del pasado 17 de diciembre.
“Catástrofe meteorológica extraordinaria” es como denomina la normativa a los fuertes vientos que provocaron daños de gran magnitud en distintos barrios porteños. Para atender y paliar los daños ocasionados la medida prevé la entrega de una suma fija de dinero, que será establecida por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano considerando la magnitud del perjuicio por el temporal.
Por lo que habrá un procedimiento de verificación de los daños y se evaluará la vulnerabilidad económica del solicitante para otorgar montos de hasta $2.500.000, para daños de bienes inmuebles, y $1.500.000, para automotores.
De esta manera, un mismo damnificado podrá recibir subsidios acumulados por perjuicios acreditados en un inmueble y un automotor, pero en ningún caso se otorgará el beneficio a distintas personas respecto a un mismo bien.
El subsidio se podrá solicitar hasta el 18 de enero y la autoridad de aplicación iniciará el procedimiento de verificación del daño en un plazo de 15 días hábiles después de la solicitud. Para recibir el mismo, los inmuebles deben encontrarse situados en la Ciudad de Buenos Aires y haber sufrido los daños alegados al momento del temporal.
Para el caso de los automotores, los mismo deben encontrarse radicados en la Ciudad de Buenos Aires conforme surge del Registro de Propiedad Automotor y haber sufrido los daños declarados por encontrarse estacionados o circulando en el territorio porteño durante el temporal.
En ambos requerimientos el solicitante debe ser titular o sucesor universal.
Este subsidio será financiado con hasta un monto equivalente al 2,5% de la recaudación anual en concepto de Impuesto Inmobiliario. Por otra parte, el Banco Ciudad podrá ofrecer una línea de crédito a tasa subsidiada para asistir a las personas, consorcios de propiedad horizontal y establecimientos comerciales damnificados.
Fotografía: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
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