Sábado 27 de Abril del 2024

Nueva ley de escrituración en villas y asentamientos

En la ciudad sancionaron una normativa que agiliza el proceso de escrituración de las propiedades […]

Publicado el 8 diciembre, 2014 por Fernando Zuker

En la ciudad sancionaron una normativa que agiliza el proceso de escrituración de las propiedades para más de 160 mil vecinos. Al momento de la transferencia de dominio, serán eximidas las deudas inmobiliarias preexistentes.

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A partir hoy el proceso para la escrituración de las viviendas en las villas y asentamientos porteños será mas ágil. Esto se logró a través de la modificación del Código Fiscal vigente. La ley establece normativas para la regularización dominial de estas propiedades en las cuales el gobierno porteño -en forma directa o por medio del Instituto de la Vivienda (IVC)- o la Corporación Buenos Aires Sur son parte de primeras transmisiones de dominio.

De esta forma se optimizará el proceso de escrituración para más de 160 mil vecinos que residen en villas o asentamientos. La ley alcanza también a aquellas familias que viven en complejos habitacionales otorgados por el Estado de la Ciudad de Buenos Aires.

A saber, según informa la legislatura «esta ley establece un diferimiento de 36 meses para la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) lo que redundaría en una sensible baja en los aranceles de escrituración. También con la modificación se evitará la doble inspección para mensura de los predios sobre los cuales realicen las primeras transmisiones de dominio, dándole validez y carácter de instrumento único a los planos ‘M’ o ‘C’ o ‘MH’, según corresponda en cada caso”.

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Esta iniciativa fue llevada a cabo por un proyecto de los diputados Karina Spalla y Cristian Ritondo, el cual modifica los artículos 260, 271, 277,407 del Código Fiscal que rige en el ámbito porteño.

“Entre los fundamentos los diputados firmantes del despacho de la Comisión de Presupuesto explicaban que se ha observado que el Código Fiscal carece de especificidad, en ese tipo de regularizaciones dominiales lo que produce distorsiones en los montos de las escrituraciones por aplicación inmediata del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR), que considera el valor de referencia del terreno en cuanto la valuación del barrio o zona, así como la valuación de los edificios y el potencial de edificabilidad”, precisa la Legislatura en su comunicado.

Esta modificación permitirá “la optimización del proceso de regularización dominial y la escrituración de los predios” donde residen miles de vecinos de la ciudad.

Según precisó Ritondo, aquellas propiedades que tengan deudas inmobiliarias preexistentes, al momento de la transferencia de dominio, se condonarán. Además, sostuvo en coincidencia con Spalla que «la reforma fue hecha de la forma más meticulosa posible y en su elaboración participaron técnicos de diversas áreas del Poder Ejecutivo, como el IVC, la AGIP y la Escribanía General».

Por otro lado, ambos legisladores  afirmaron que el objetivo de esta ley es “aportar soluciones a los problemas habitacionales de los más de 163 mil vecinos que viven en las villas y asentamientos de la ciudad y que reclaman ser dueños genuinos del suelo que ocupan. Cuando evaluamos el impacto de esta ley estamos pensando en vecinos con igualdad de oportunidades y en cómo esa mejora repercute en el bienestar de la sociedad en su conjunto».


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