La Ciudad amplió los requisitos para que más jubilados y pensionados puedan acceder al beneficio. […]
Publicado el 3 marzo, 2026 por Ariadna Di Pietro
La Ciudad amplió los requisitos para que más jubilados y pensionados puedan acceder al beneficio. Quienes cumplan las condiciones podrán dejar de pagar el impuesto durante este año.
Durante 2026, jubilados y pensionados de la Ciudad de Buenos Aires podrán acceder a la exención total del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), uno de los tributos más importantes que pagan los propietarios de inmuebles en el distrito. La medida forma parte de una actualización en la normativa fiscal que busca ampliar el alcance del beneficio y facilitar el acceso a quienes dependen de ingresos previsionales.
La iniciativa fue impulsada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y se incorporó al Código Fiscal y a la Ley Tarifaria aprobados por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires durante el año 2025. A partir de esta modificación, el sistema de beneficios para jubilados se simplificó y ahora contempla una exención del 100% del impuesto en todos los casos en los que se cumplan los requisitos establecidos.
En el esquema anterior, el beneficio podía ser parcial o total según la valuación del inmueble. Con el nuevo modelo, en cambio, se eliminó la escala de descuentos y se estableció un único nivel de exención completa para los contribuyentes que cumplan con los parámetros definidos por la normativa vigente.
Uno de los principales requisitos es que el solicitante sea jubilado o pensionado y tenga un único inmueble destinado a vivienda propia. La norma contempla distintas situaciones legales sobre la propiedad: la persona puede ser propietario, condómino, usufructuario o titular del derecho de uso del inmueble. En todos los casos, debe tratarse de la vivienda donde reside efectivamente.
Además, para acceder al beneficio, el solicitante no puede poseer otras propiedades urbanas o rurales en cualquier punto del país. Esta condición busca asegurar que la exención esté destinada exclusivamente a quienes utilizan el inmueble como residencia principal y no cuentan con otras fuentes patrimoniales vinculadas a bienes raíces.
Otro aspecto clave para obtener la exención está relacionado con el nivel de ingresos. El haber mensual del jubilado o pensionado no debe superar el equivalente a cuatro jubilaciones mínimas vigentes a diciembre de 2025. Según los valores establecidos, el límite se ubica en $1.363.518,36 mensuales.
También existe un tope en la valuación fiscal del inmueble. Para el año 2026, la propiedad no puede superar los $48.450.000 de valuación según el parámetro de Valuación Fiscal Homogénea (VFH), indicador utilizado por el gobierno porteño para calcular los tributos inmobiliarios.
La implementación de esta medida apunta a aliviar la carga impositiva de los adultos mayores que viven en la ciudad y dependen principalmente de sus ingresos previsionales. En muchos casos, el pago del ABL representa un gasto significativo dentro del presupuesto mensual, especialmente para quienes perciben jubilaciones o pensiones.
El trámite para solicitar la exención puede realizarse a través de los canales habilitados por la AGIP. Una vez aprobado el beneficio, el contribuyente queda exento del pago del impuesto mientras continúe cumpliendo con las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Con esta ampliación del beneficio, la Ciudad busca fortalecer las políticas de acompañamiento a los jubilados y pensionados, facilitando el acceso a una reducción de la carga tributaria vinculada a la vivienda.

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